Políticas Públicas para el Fomento de Buenas Relaciones Ciudadanas

Ley de Copas Baratas

Principios y Bases

Esta materia queda declarada de especial utilidad y prioridad pública nacional y viene a tratar de resolver el problema llamado "Botellón"

Cuando una cuestión que afecta a la ciudadanía, fundamentalmente a la juventud, se enquista y tuerce hacia posiciones de difícil control, como es la falta de alternativas al ocio y la diversión sana de la juventud, un gobierno de valientes tiene que asumir el reto de provocar alguna medida innovadora que dé cauce pacífico a las legítimas ansias de diversión del moderno ciudadano.

No es de gobiernos inteligentes despreocuparse de los ciudadanos jóvenes y dejar que cada uno vaya vagando por ahí, buscándose la vida y su diversión; puesto que ese panorama, tarde o temprano acabará por ir agrupando a enormes masas de jóvenes en lagunas descontroladas, léase botellones, que les convierten en bultos sospechosos y en maleducados, incívicos y peligrosos para la normal convivencia vecinal.

No debemos engañarnos pensando en que la rebeldía propia de la juventud jamás hará caso de las leyes, ni de lo que les indiquen las instituciones públicas, e irán por libre. No son propios los tiempos modernos para mostrase rebelde contra el sistema ya que, la mayoría, lo que quiere es pasárselo bien dentro del sistema. Si el sistema no se lo permite, abandonarán el sistema, porque lo que es ganas de divertirse es imposible sujetarlas.

El asunto fundamental es dar cauce a las ansias de diversión, participación, reunión, charlas y tertulias de los jóvenes.

Para ello nada mejor que facilitarles lo que necesitan: locales donde se encuentren a gusto y a un précio módico.

El Estado facilitará a la juventud un máximo de 2 consumiciones al día durante dos días a la semana a un precio máximo de 2 € si es combinado y 1 € si es simple sin alcohol.

El Objetivo es canalizar de forma pacífica y civilizada las ansias de diversión

Actuaciones Urgentes de Canalización del Ocio y la Diversión en la Juventud.

 

Premisa nº 1

La juventud debe divertirse como forma de satisfacer un instinto básico.

Premisa nº 2

Para la diversión es fundamental la compañía de alguien.

Premisa nº 3

La juventud prefiere como forma de diversión la reunión de amigos en un local determinado, concurrido y con buen ambiente. Le gusta alternar con gente sana en lugares apropiados y de moda.

Premisa nº 4

A la juventud, con escaso poder adquisitivo en general, le es imposible acceder a los locales de moda por sus precios abusivos.

Premisa nº 5

Ante un panorama de precios caros e inalcanzables, surgen manifestaciones de ocio, espontáneas u organizadas, poco recomendables y peligrosas, como el llamado botellón.

Premisa nº 6

Los locales de copas son concesiones administrativas de servicio público; aunque explotadas por la iniciativa privada, que deben también atenerse a cumplir el papel de servicio público a un precio razonable.

Premisa nº 7

la actual situación de precios de las copas en establecimientos de moda es considerada por el gobierno de los valientes como un total abuso a la ciudadanía.

Por todo ello y alguna cosa más, se van a extraer las siguientes conclusiones

Conclusión nº 1

Es conveniente para todos que la juventud se divierta tranquilamente en los espacios y locales apropiados para ello, no en la calle.

Conclusión nº 2

El Gobierno ayudará a la juventud a poder acceder a los lugares de diversión que más les guste a un precio razonable y barato.

Conclusión nº 3

El Gobierno hará ver la conveniencia, tanto a los locales existentes, como a los que se abran nuevos, de ofrecer lo que se llama "copas" y de calidad, a un precio máximo de 2 € si es combinado y 1 € si es refresco sin alcohol.

Y para ello

Fase 1
Fase 2

Identificación y creación de un censo, por parte de los ayuntamientos, de zonas de copas y su categaría por aceptación y calidad de los locales.

Solicitud a las asociaciones de bares y establecimientos de copas de colaboración con el programa.

Comunicación y aceptación por parte de los establecimientos del cumplimiento del programa de copas baratas.

El establecimiento que no consienta en participar de este programa será objeto de un especial seguimiento y quedará al margen de futuras ventajas públicas.

Operativa

Punto 1

El Ayuntamiento creará un registro informático de establecimientos acogidos al programa de copas baratas, asignando un código a cada uno de ellos.

Punto 2

El Ayuntamiento creará una tabla clasificando los tipos de bebidas, combinados y sus precios máximos por tipo y categoría de establecimientos, siempre con el límite de 2 €

Punto 3

El Ayuntamiento diseñará unas tarjetas monedero personalizadas, que podrán ser recargadas en quioscos y dependencias municipales,con la presentación del DNI y que podrán dar acceso limitado a la compra de 4 copas o consumiciones semanales.

Punto 4

Los establecimientos adheridos al programa de copas baratas deberán estar identificados con su código correspondiente y su lista de precios de este programa público. Estarán dotados de un terminal para el cobro por tarjeta monedero. Deberán exigir el DNI y expedir un ticket.

Punto 5

La edad mínima para el acceso a este sistema es de 18 años y la máxima de 45

Es bueno fomentar las relaciones, la sana diversión y los encuentros festivos, siendo obligación de unos gobernantes ser conscientes del problema que representa la imposibilidad, para muchos, de poder tener acceso a lugares de moda. Por tanto es labor primordial eliminar las trabas y barreras que la enorme carestía de las consumiciones estaba produciendo.

No somos partidarios de la intervención; pero, a veces, el mercado se dispara, creando distorsiones, situaciones de abuso, de discriminación, y echando fuera a amplias capas sociales que no pueden acceder a lo que todos tenemos derecho: la diversión.

Ayúdanos a mejorar la propuesta de ley con tus opiniones pertinentes.